Novedades y cambios en la ITV mediante el R.D. 920/2017 de 23 de Octubre, que entra en vigor el 20 de Mayo de 2018, adaptándose a las exigencia de la legislación europea. Cambios en la formación del personal e instalaciones y los equipos de inspección y procedimientos a seguir.
Cambios destacables
- Cambio de estación.- Si el resultado de la inspección ha sido desfavorable, una vez subsanados los fallos detectados puedes acudir a otro centro de ITV.
- Adelántate a la fecha.- Se podrá pasar hasta con un mes antes del vencimiento, la revisión sin que afecte a la fecha de renovación.
- Sistemas nuevos.- Para detectar posibles manipulaciones, electrónicas o de motor, que podrán ser comprobadas mediante la lectura digital del ordenador de a bordo. Además contarán con la herramienta y maquinaria necesaria para controlar las emisiones de humo.
- Formación del personal y de las instalaciones.- Se obligará la titulación para ejercer como Técnico Superior de cualquier ITV. Y por parte de los centros de ITV, también deberán acreditarse como entidad cualificada para realizar las inspecciones.
Que revisa la ITV
De forma general y no precisamente por las novedades que entran en vigor este año, la ITV revisa:
- En el exterior ( elementos de la carrocería como retrovisores, matriculas, lunas, limpiaparabrisas, bajos, y el estado general del vehículo)
- En el interior ( cinturones, cierres, puertas, ventanas, …)
- y principalmente los sistemas de dirección, suspensión, motor, neumáticos, alumbrado y señalización básicamente
Documentación para pasar la ITV
- Ficha Técnica del vehículo, o Tarjeta de ITV .
Cuando pasar la ITV
La frecuencia para pasar la ITV, varia dependiendo del tipo de vehículo que tengas, y de su matriculación.
En el caso de TURISMOS:
La 1ª inspección será a los 4 años desde la fecha de matriculación,
De 4 a 10 años Bienal
Con más de 10 años Anual.
Fecha y Frecuencia de las inspecciones técnicas periódicas.
Artículo 6 del RD. 920/2017 de 23 de Octubre –
La inspección técnica periódica de los vehículos deberá efectuarse con la siguiente frecuencia:
- leves ( puedes seguir circulando pero habrá que subsanarlos )
- graves ( deberás repararlo y volver a pasar la inspección en el plazo de 2 meses)
- muy graves (el vehículo no podrá abandonar la ITV circulando, sólo con grúa hasta el taller para reparar y volver nuevamente a pasar inspección cuando esté solucionado.
Si pasas la ITV antes del vencimiento y el resultado es DESFAVORABLE, no podrás conducir de ninguna manera, aunque hasta la fecha del vencimiento todavía te falten días, puesto que esa fecha, al adelantarte a la inspección, ya ha quedado obsoleta, y lo que cuenta es la inspección realizada y el resultado de ésta.
No se puede circular con la inspección desfavorable.
Si circulas con la ITV desfavorable podrán sancionarte con una multa de 200 €.