Titular de un vehículo ha fallecido

Fallecimiento del Titular

A día de hoy hay cantidad de vehículos que siguen figurando a nombre de personas que han fallecido, hay que regularizar esta situación y evitar problemas y denuncias por no tener actualizados los datos del nuevo titular o responsable del vehículo.

Hay que notificar obligatoriamente el fallecimiento del titular a la DGT de tu ciudad en los 90 días siguientes al fallecimiento, y mientras el vehículo no se le adjudique a ningún heredero, habrá una persona que se hará responsable provisional en el Registro de Vehículos, que estará sujeta a todas las obligaciones que correspondieran al titular, todo hasta que se resuelva la situación de propiedad del vehículo.

 

Para solicitar la custodia provisional de un vehículo es necesario presentar la siguiente documentación:

• Solicitud en impreso general, indicando el campo ‘Otros’, firmada por la persona que circule con el vehículo e indicando sus datos, la matrícula del vehículo y la fecha de fallecimiento del titular.

• Abono de la tasa correspondiente (4.1).

• Declaración del interesado en la que manifieste ser responsable de las obligaciones y responsabilidades que conllevan el cambio de titularidad en el Registro General de Vehículos.

• Acreditación del nuevo domicilio fiscal del vehículo.

 

Además de lo que se indica de forma general, para el caso del fallecimiento del titular se deberá aportar:

Se puede conducir el coche si su titular ha fallecido

Tras el fallecimiento del titular, nos encontramos con una situación en la que normalmente en el caso de los vehículos, no hay nada específico en el testamento, si es que hay, y tampoco, contrato compraventa, donación ni nada que demuestre una posible transmisión del vehículo a otra persona.

Lo más habitual es que el vehículo no esté adjudicado en testamento

En este  supuesto el RGV en su Art. 32.6 párrafo primero, establece que “En el supuesto de transmisión motivada por el fallecimiento del titular del vehículo, la persona que tenga a su cargo la custodia y, en su caso, el uso de este mientras se adjudica a uno de los herederos deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal antes de transcurrir los noventa días siguientes a la defunción del causante”.

Por lo que, la persona que vaya a disponer de la custodia del vehículo queda obligada de forma provisional, a comunicar a la Jefatura de Tráfico, esta situación en los 90 días siguientes al fallecimiento del causante.

En caso de no tramitar esta comunicación ante la DGT, si paran al vehículo puede suponer una denuncia de 200 €.

Si el vehículo hubiera sido adjudicado en testamento

El RGV en su artículo 32.6 establece que El que resulte adjudicatario definitivo del vehículo quedará obligado a solicitar, en el plazo de noventa días, contados desde la fecha indicada en el documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación” 

También en este caso existe la obligación, de comunicar a la Jefatura de Tráfico la nueva titularidad del vehículo, en plazo no superior 90 días desde la fecha del documento que lo acredite.

Respecto al seguro, en ambos casos….

Realizado el cambio de titular habrá que comunicárselo a la aseguradora.  El RDL 8/2004 de 29 de octubre no establece nada en concreto sobre esta circunstancia pero sí establece en su art. 11  “El tomador del seguro o el asegurado deberán durante la vigencia del contrato comunicar al asegurador, tan pronto como le sea posible, la alteración de los factores y las circunstancias declaradas en el cuestionario previsto en el artículo anterior que agraven el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por éste en el momento de la perfección del contrato no lo habría celebrado o lo habría concluido en condiciones más gravosas”.

Cualquier circunstancia que modifique el riesgo asegurado, es necesario ponerla a disposición de la entidad aseguradora, para que el contrato pueda cubrir todas las posibles situaciones y no haya problemas en caso de siniestro, por no haber facilitado los datos adecuados o no haber actualizado la situación.