Seguro para mi vehiculo

Ningún vehículo puede quedarse sin seguro.
Nadie puede conducir un vehículo que no tenga un seguro previamente contratado.

Tipos de seguro

Contrata un seguro en base a tus condiciones, y al vehículo en cuestión que se quiera asegurar.  Hay muchas pólizas y diversas compañías, contrata lo que mejor consideres para tus necesidades.

  • Seguro a Terceros.  Se trata del seguro obligatorio. – Cubre responsabilidad civil de terceros, defensa y reclamación de daños. También se incluye aunque no siempre el fallecimiento o invalidez, asistencia sanitaria y gastos médicos, y asistencia en carretera.
  • Con Robo e Incendio.  Este seguro engloba el seguro a terceros más robo e incendio.
  • Todo Riesgo. Es el de mayor cobertura. Varía dependiendo compañías.
  • Todo Riesgo con franquicia. En este caso estamos ante un Todo Riesgo normal pero un poco más economico puesto que el asegurado asume un parte del riesgo (la franquicia), la cual no siempre será la misma. 

Que no cubre

Asegurar un vehículo condiciona que hay que tener en cuenta lo que cubre y lo que no, y hay circunstancias especiales que puede no cubrir.  La propia póliza excluye en la mayoría de los casos ciertos hechos como:

-Conducir bajo los efectos de alcohol o drogas -Daños que se produzcan adrede
-Circular sin disponer de carné para ese vehículo -Competiciones
-Conduce un < 25 años no incluido en póliza -Conduce  con carné de <2 años antigüedad (según compañías)
-Desastres naturales – Comisión de delitos
-Conducir por vías inadecuadas -Transportar más carga o más pasajeros de lo debido
-Robo dejando llaves puestas o puertas abiertas (para cobertura de robo) -ITV caducada

Asegura tu vehículo

¿Tienes sin asegurar alguno de tus vehículos porque no lo usas, está estropeado y no puedes circular con él? Pues ha llegado el momento de asegurarlo.

La DGT, puede comunicarte como propietario de un vehículo la falta de aseguramiento.  Desde el 31/03/17 si no tienes tu vehículo asegurado puedes ser uno de los que reciba esta comunicación. A partir del 1 de Abril será sancionable.

Ya no es suficiente, guardarlo en un garaje particular, cochera, o local privado, o decir que está averiado.  Ahora TODOS los vehículos sin excepción, deben estar asegurados.

El incumplimiento de esta obligatoriedad genera un gran perjuicio a la sociedad y en particular a las personas que sufren un accidente de tráfico.  El seguro de tu vehículo es obligatorio, no hay excepciones a la contratación de un seguro para cada vehículo.

Te recordamos que:

  • La multa oscila entre 601 € y 3.005€
  • Inmovilización y depósito del vehículo en el caso de que se esté circulando con él.

 

LA BAJA TEMPORAL: La alternativa a los gastos de un coche parado

En circunstancias en las que un conductor tiene un coche parado que no necesita y que no quiere que le siga ocasionando gastos, lo aconsejable es dejar el coche en una propiedad privada y tramitar la BAJA TEMPORAL en Tráfico.

Puedes mantener esta situación todo el tiempo que lo necesites.  No existe ningún plazo para dejar tu coche de baja temporal.  NO PODRÁS CIRCULAR mientras el coche esté inactivo, por lo que para poder utilizarlo deberás volver a darlo de alta (y para ello la condición indispensable es que supere la revisión oficial y contratar seguro).