Tu vehículo sin seguro

Circular sin seguro supone una multa de entre 601 € y 3.005 €. La gravedad de la denuncia, dependerá de si el vehículo se encuentra parado o circulando. 

Más de 2.600.000 millones de coches/vehículos circulan por España sin seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria.

Circular sin seguro

  1. Sanción económica
  2. Inmovilización del vehículo
  3. Indemnización importante si hay daños a terceros.

 

No tener un seguro contratado a terceros, implica que absolutamente todo correrá de tu cuenta. Imagínate un accidente grave, como afrontar los gastos materiales y personales que se dan.  Aun no siendo responsable, si circulas sin seguro, automáticamente te conviertes en el responsable del siniestro.  Un siniestro puede y muchas veces acaba en el Juzgado, teniendo contratado un seguro, éste se haría cargo de absolutamente toda la gestión, pero sin seguro serás tú quien pague abogados y procuradores, podrías utilizar el abogado de oficio (siempre en función de los ingresos, no todo el mundo tiene una asistencia jurídica gratuita).

Es cierto que, el Consorcio de Compensación del Seguro interviene ante un siniestro con un vehículo que no está asegurado, y asume los daños causados, e indemnizará a quien corresponda, pero, repercutirá contra ti el importe pagado.

Todos los conductores asegurados, pagan en su seguro obligatorio, un recargo que se destina precisamente al Consorcio, para que éste, haga frente a estas circunstancias que generan los vehículo no asegurados.

El Consorcio, asume la cobertura de los vehículos que, por distintos motivos no han sido aceptados en ninguna compañía de seguros, también, los de organismos públicos, e indemniza los daños producidos, tanto por los vehículos sin seguro, como también por vehículos desconocidos o robados.

Circular con seguro

IbercentroRioja

Un seguro obligatorio a terceros, como se dice coloquialmente, cubre los daños a terceros, es decir los daños de los demás, no los tuyos propios.

Con un seguro, tendrás cubierto de forma general, la rotura de cristales, responsabilidad civil, asistencia en viaje, reclamación de daños, se encargará del pago de las correspondientes indemnizaciones ante un siniestro, defensa en un juicio, …. y podrás añadir coberturas complementarias ampliando a daños por incendio y robo o daños propios (Todo Riesgo).

La importancia de asegurar el riesgo

Que haya más de un conductor en un vehículo, es casi lo más normal en muchos hogares. Cuando un mismo vehículo es conducido por el padre, la madre, o los hijos, cada uno por su condición (edad, experiencia, antigüedad de carné, bonificaciones adquiridas, …) presentan un riesgo, que la compañía aseguradora debe conocer.

Puede haber perfiles que presenten más riesgo que otros y si no está incluido en póliza pues la aseguradora decidirá si corre o no con el gasto del siniestro.  La mayor parte de las aseguradoras no asumen siniestros cuando el conductor no ha sido declarado en póliza, esto normalmente ocurre con conductores menores de 25 años, o con menos de 5 años de experiencia como conductor.

No circulo no lo aseguro

Rotundamente NO.  Cualquier vehículo que se encuentre de alta en el Registro General de Vehículos de la DGT, está obligado a tener seguro, independientemente de si circula o no, de si está abandonado o lo tienes en reparación,  de si lo tienes en un garaje particular, de comunidad o en la cochera del pueblo.

Ningún vehículo puede estar en la vía publica, garaje, propiedad privada, …. sin seguro, si figura de alta es obligatorio al igual que la ITV.  Hay que tener en cuenta además, que para pasar la ITV, se requiere que el seguro esté vigente.

El propietario tiene esta responsabilidad, y sobre él recaerá la oportuna denuncia, para el caso de que esté estacionado (800 €) o circulando (1.500 €).  Si se produce un accidente sin seguro, serán más los responsables y perjudicados

Baja temporal o definitiva

Para el caso de que el vehículo se encuentre dado de baja temporal o definitiva, no será necesario la contratación de un seguro, siempre que el vehículo está fuera de la vía publica.

Ningún vehículo que esté de baja temporal o definitiva puede estar en la vía pública.

 Los radares también captan la falta de seguro

La DGT, ya hace unos años que mediante los radares, además de captar los excesos de velocidad, también captan entre otras cosas, el uso del móvil, la falta de seguro o si circulas con la ITV caducada.

Ante la falta de seguro, cualquier agente en carretera, podrá inmovilizar el vehículo por la falta del seguro obligatorio.

 

Lo legal y responsable es contratar un seguro obligatorio a terceros, por ti y por el resto de conductores.